En la Ley de Ejercicio de la Ingeniería y Arquitectura
hay un capítulo entero dedicado al uso del título como profesional de dichas
carreras y sus afines. Éste nos dice que solo los profesionales a los que se
refiere ésta ley serán denominados como ingenieros, arquitectos y afines, y
debe especificarse la calificación de la especialidad para que no haya error o
duda sobre la misma. Los calificativos de cada individuo deben hacer referencia
precisamente su título.
Sin embargo, hay una controversia que va más atrás, al
concepto mismo de «profesional», cuya interpretación puede variar dependiendo
de qué actividad o carrera hablemos.
¿Qué es ser profesional?
Definición.de, una excelente enciclopedia en línea
define muy bien el término.
«Un profesional es quien ejerce una profesión (un empleo o trabajo que requiere de conocimientos formales y especializados). Para convertirse en profesional, una persona debe cursar estudios (por lo general, terciarios o universitarios) y contar con un diploma o título que avale los conocimientos adquiridos y la idoneidad para el ejercicio de la profesión.»
Despejadas las dudas, queda
claro que cualquiera que ejerza una profesión sin haber obtenido el título
profesional, lo haría en forma ilegal. Es decir, que los conocimientos no
bastan para ser legalmente un ingeniero o arquitecto, sino que se necesita el
título y estar inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela. Ya se ha
hablado del ejercicio ilegal en anteriores entradas, siendo así, ¿a qué se limita el
uso del título de ingeniero y arquitecto?
El Artículo 8 de la Ley
de Ejercicio de la Ingeniería y Arquitectura dice que solo personas que posean
el título de ingeniero, arquitecto o afines puede portar insignias, sellos,
anillos o cualquier otro objeto que haga pensar que se está ejerciendo la
profesión.
Los profesionales referidos en la mencionada ley pueden ocupar cargos en
la administración pública (nacionales, estatales, municipales).
Las empresas que pretendan desarrollar un proyecto, debe
elegir a un representante profesional que lo apruebe y que se haga responsable
de que la construcción se lleve a cabo de forma adecuada, y que presente ante
la oficina de administración pública encargada de consentir los permisos de
construcción.

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