Limitacion e Incompatibilidad en el Ejercicio de la Ingeniería y Arquitectura

LEY DE EJERCICIO DE LA INGENIERIA ARQUITECTURA Y PROFESIONES AFINES
DECRETO NUMERO 444
24 DE NOVIEMBRE DE 1958

             CAPITULO V
 De las Limitaciones e Incompatibilidades.

         Artículo 12. Ningún profesional podrá ejercer sino la especialidad para la cual le autoriza expresamente el título que posee.


          Artículo 13. Los profesionales a que se refiere esta Ley que desempeña cargos nacionales, estatales o municipales, no podrán ejercer actividades profesionales particulares en el territorio de su jurisdicción ni tener vinculaciones con intereses comerciales, cuando dichas actividades o vinculaciones estén relacionadas con las funciones propias de los cargos que desempeñan.

Código de Ética Profesional. 
"Se considera contrario a la ética e incompatible con el digno ejercicio de la profesión para un miembro del Colegio de Ingenieros de Venezuela":
"... 2o. Violar o permitir que violen las leyes, ordenanzas y reglamentaciones relacionadas con el ejercicio profesional.
3o. Descuidar el mantenimiento y mejora de sus conocimientos técnicos, desmereciendo así la confianza que al ejercicio profesional concede la sociedad. 
4o. Ofrecerse para el desempeño de especialidades y funciones para las cuales no tengan capacidad, preparación y experiencia razonables..." 
9o. "...Encargarse de obras, sin que se hayan efectuado todos los estudios técnicos indispensables para su correcta ejecución, o cuando para la realización de las mismas se hayan señalado plazos incompatibles con la buena práctica profesional."

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COLEGIACIÓN DE INGENIEROS.

En el caso de este país un ingeniero es colegiado en El Colegio de Ingenieros de Venezuela (CIV), el cual, es un cuerpo gremial colegiado y moral de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, integrado por todos los profesionales inscritos en el mismo, hállense o no en el ejercicio de su profesión,​ regulado además por la Ley del Ejercicio de la Ingeniería, Arquitectura y Profesiones Afines de Venezuela. Su propósito principal es velar por el interés público y actuar como asesor del estado en asuntos relacionados con áreas de la ingeniería. El CIV regula el ejercicio profesional de los ingenieros venezolanos y atiende a los intereses generales de sus agremiados

Entre los beneficios de estar colegiado en el CIV se encuentran:

  • Análisis y Costos
Este servicio por suscripción y venta de información digital, prestado por el COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA, se centraliza en preparar estudios, análisis o proyectos para dar apoyo técnico y de: 

  1. Costos de construcción en: edificaciones, validad, hidráulica, sanitaria, eléctricas, urbanismo, telecomunicaciones, obras electromecánicas, vivienda, reparación y mantenimiento de edificaciones existentes, elaboración d estructuras de costos o análisis de precios unitarios, estudios técnicos sobre el costo de operaciones y posición de vehículos y maquina. Estudios técnicos sobre el FACTOR DE COSTOS ASOCIADOS AL SALARIO.
  2. Estudio y análisis de los GASTOS ADMINISTRATIVOS DE OBRAS. Cursos de adiestramiento en la Aplicación de la Gerencia de Costos.
  3. Asesoría para la aplicación de formulas polinómicas.
  4. Asesoría para la aplicación de las normas COVENIN, contratación y administración de obras.
  5. Desarrollo de proyectos para la implementación de unidades de costo y control de gestión. Asistencia integral para licitaciones. Auditorias técnicas.
  6. Atención y consulta técnica.

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  • Carnetización

Elaboración de carnet del agremiado una vez cumpla los requisitos de rigor.

  • Consultoría Jurídica

Presta servicio interno a la Junta Directiva Nacional, Tribunal disciplinario y OCEPRO, consulta externa a los agremiados.


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  • Seguridad Social Fonpres

El Colegio de Ingenieros de Venezuela esta impulsando un nuevo plan de previsión Social, el cual tiene como objetivo, aumentar las coberturas actuales, mejorar el servicio y calidad de vida del agremiado.

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  • Póliza de seguro HCM

El Colegio de Ingenieros de Venezuela, ha creado un sistema de HCM con la finalidad de amparar a sus agremiados, para cualquier necesidad medica siempre y cuando esté cubierta por el Condicionarío General de salud.

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  • Unidad Médica Odontológica

Situada en la sede de los Caobos, Caracas, ofrece servicios de consulta médica, odontológica y laboratorio clínico, para agremiados y familiares. Esta unidad ha funcionado como proyecto piloto en el área Metropolitana de Caracas, y se tiene en proyecto ir construyendo unidades similares en los centros.


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  • Bolsa de Empleo

  1. Promociona el ejercicio profesional de sus agremiados, generando un enlace con los potenciales empleadores directos. 
  2. Auspicia la creación de cooperativas o grupo de profesionales con objetivos comunes, con el fin de propiciar el auto-empleo.
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AUTOR: MIGUEL CASTRO

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